La comunicación en el proyecto de Constitución
2009
La CPE en vigencia reconoce la libertad de
expresión por cualquier medio de difusión. Es una concepción gestada en tiempos
de la Revolución Francesa y adoptada en Bolivia desde la primera Constitución
Política de 1826.
El proyecto de CPE contiene un capítulo en el
título sobre derechos fundamentales y garantías dedidado a la comunicación.
Establece que el Estado garantiza el derecho a la comunicación y el derecho a
la información de los bolivianos y bolivianas. En términos de doctrina es una
justa actualización de nuestra legislación y también un avance.
Actualización.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos
(1948) establece que el derecho a expresarse libremente, el de investigar y de
recibir información, son dimensiones de un derecho más amplio que es el de la
información. Con esta noción, el sujeto del derecho es el ciudadano y no el
periodista. La defensa de la libertad de expresión suele ser tergiversada por
determinados sectores de la sociedad que olvidan que lo más importante es que
el ciudadano debe estar bien informado. Expresarse pasa a ser sinónimo de “decir
cualquier cosa” en virtud del ejercicio de ese derecho. Emitir datos sin
verificación, rumores, especulaciones, exageraciones, opiniones,
sensacionalismo, etc., es la prueba contundente de este abuso de la libertad.
Se destierra la importancia de la investigación periodística profesional para
la búsqueda de la verdad.
Avance.
El derecho a la comunicación está reconocido en
pocas constituciones del mundo. Su doctrina todavía es considerada incipiente
aunque muchos especialistas ya han esbozado sus alcances e importancia. En
Bolivia existe una tradición de prácticas comunicacionales reconocidas por la
academia mundial en las experiencias de radios mineras, el cine y otras
prácticas democratizantes de la comunicación. Su reconocimiento supone avanzar
hacia un ejercicio del derecho a la información más equilibrado entre la
sociedad civil y las demás instituciones, así como entre los ciudadanos/as.
El beneficio de esta incorporación no es para el
gobierno en esta coyuntura, sino para el ciudadano, en el futuro, que podrá
tener un marco legal y filosófico con el cual reivindicar un derecho humano
natural, no delegable ni dependiente de la voluntad o interés de ninguna
persona o institución. Podrá reclamar que los medios estén al servicio de la
verdad. Los periodistas podrán reflexionar y autoregularse para que su trabajo
satisfaga la necesidad de la población a estar debidamente informada.
Con los riesgos que este cambio supondría, la
sociedad puede hacer que esta reformulación de la Ley se conviertan en escudo y
arma para que las tenencias y tentaciones totalitarias, comunes en la política
nacional, no puedan repetir las antidemocráticas y tristes experiencias del
pasado.
Comentarios
Publicar un comentario