Preguntas abiertas sobre los primeros años del TNEP



Han pasado casi tres años desde que empezó a funcionar el Tribunal Nacional de Ética Periodística del Consejo Nacional de Ética. Nunca habíamos tenido en Bolivia esta instancia que reciba demandas de la población sobre vulneración a sus derechos a través de la actividad periodística. La respuesta fue muy buena. Se ha recibido más de 30 denuncias y se ha emitido fallos para algo menos de esa cantidad. Es una contribución efectiva al ejercicio de la autorregulación que se ha constitucionalizado en enero del 2009. Es el procedimiento ideal para garantizar que el derecho a la libertad conviva de manera adecuada con su dimensión complementaria e imprescindible: la responsabilidad.
Podemos clasificar los resultados en tres categorías. La primera referida a la evidencia de buenos resultados a favor del fortalecimiento de la responsabilidad. Una segunda con casos que reaccionaron negativamente y la tercera con casos no denunciados.
Resultados optimistas
Una de las primeras reacciones de algunos denunciados fue el rechazo a cualquier descargo solicitado para contar con elementos de juicio. Hay periodistas que se mostraron reacios a responder ante denuncias argumentando no tener por qué someterse a ningún proceso a través de  este tribunal. Afirmaron no pertenecer a ninguna de las organizaciones que lo impulsan. Pero luego de conocer que este TNEP tiene carácter nacional y actúa sobre todas las actividades periodísticas en todos los medios del país, la mayoría accedió a presentar sus descargos.
Los casos más llamativos son los de Carlos Valverde y Pedro García. Ambos conductores de programas de medios de la ciudad de Santa Cruz recibieron llamada de atención por parte del TNEP, en la que se les recomienda cuidar más el lenguaje y evitar emitir mensajes discriminatorios que puedan afectar la dignidad de las personas. Los dos reconocieron su error y se comprometieron a evitar en el futuro ese tipo de transgresiones. El primero lo hizo por carta escrita y el segundo dedicando más de diez minutos de reflexión en su programa en vivo. Son ejemplos de que la autorregulación funciona y puede constituirse en un gran mecanismo para mejorar la calidad de la información que circula por los medios masivos.
Resultados pesimistas
Hubo algunos casos en los que los denunciados no sólo han quedado descontentos con el resultado del proceso por la llamada de atención que recibieron. También reaccionaron negativamente con insultos a los miembros del tribunal o indicando que no aceptan las recomendaciones “por tratarse de personas que tienen pasado político y su imparcialidad está en duda”.  Estos casos demuestran que la noción de Libertad de Expresión está desconectada de su dimensión de responsabilidad y que los derechos personales de los demás no merecen respeto.  Son casos que indican que la autorregulación en Bolivia puede no ser tan fácil de ser asumida puesto que se tiene la idea de que Libertad de Expresión es un Derecho sin límites. Lo bueno es que son casos aislados.

El silencio como resultado
Un 95 % de los casi 30 fallos emitidos por el TNEP corresponde a denuncias sobre vulneración a derechos personales. Violación de derechos de mujeres en situación de prostitución, agresiones verbales, difamación, falsedad, etc. La denuncia por parte de los Ayllus de Coroma-Potosí que reclamó por el mal manejo de la información es de interés colectivo. La mayoría  de las denuncias toca temas relacionados con la defensa de la dignidad y el honor. También se preocupan por la imagen propia y la privacidad. Un campo importante en el que la autorregulación funciona y funcionará con la motivación de hacer respetar el honor y la dignidad de las personas.
Lo que no se está abarcando son los otros grandes temas que se muestran como debilidad en el manejo periodístico nacional. Sería un engaño pensar que sólo con la corrección en los temas relacionados con derechos personales, el periodismo se convertirá en el mejor de la región. Hay más problemas sobre los cuales el ciudadano común no hará denuncias porque no se ve afectado directamente y no tiene motivación para reclamar públicamente.
Las deficiencias más comunes en ciertas prácticas periodísticas son la superficialidad y descontextualización. También resalta la espectacularización y la invisibilzación, etc. Estos problemas no son ni serán fácilmente objeto de reclamo por los ciudadanos. A no ser que determinadas instituciones defensoras de derechos humanos, por ejemplo, asuman ese rol de vigilancia del accionar de los medios. De hecho ya ocurrió que la Defensoría del Pueblo o el grupo Mujeres Creando hicieron denuncias a nombre de personas afectadas. Esa seguirá  siendo un lado débil en el cumplimiento de los principios y deberes contemplados en el Código Nacional de Ética Periodística que rige el trabajo de este tribunal.
En el código se habla de equilibrio, oportunidad, pluralismo, contextualización, presencia de diversas fuentes, etc. Aspectos que generalmente no llaman la atención del ciudadano común.
El artículo tres destaca la importancia de separar la información de los  comentarios. Así se marca una línea de trabajo que distingue estos dos conceptos fundamentales. El primero referido a las opiniones de las personas o los conductores que normalmente están cargadas de subjetividad. La opinión se construye en procesos no sistemáticos en los que intervienen fuentes de diversa naturaleza. Inclusive rumores y chismes.
El segundo tiene que ver con información. En el campo de la teoría y la doctrina del derecho es un conjunto de datos que son verificados y comprobados antes de su transformación en noticia. Lo que ratifica este artículo es la distinción técnica y necesaria entre opinión e información porque no son lo mismo. Así como no es lo mismo Libertad de Expresión y Derecho a la Información. Dos derechos que se complementan pero no son lo mismo y cuya distorsión es la causa de gran parte de las faltas de ética en el  periodismo boliviano. Por eso, algunos periodistas creen que Libertad de Expresión permite decir cualquier cosa.
Si un conductor u “opinador” mezcla noticia con sus opiniones, está infringiendo el artículo tres del Código. La pregunta es ¿Quién ha de denunciar eso?
Veamos un ejemplo concreto. Hace unas semanas se cambió al Oficial Superior de Cultura del Municipio Cercado de Cochabamba. La autoridad denunció que estaba siendo objeto de persecución y hasta de amenazas por parte de personas cercanas a la máxima autoridad del municipio. Pasaron unos días y puso el cargo a disposición del Alcalde. Los canales de televisión presentaron la noticia como algo escandaloso pero no se profundizó ni se mostró el problema tal como ocurrió. Se generó una movilización de artistas que querían evitar el cambio. Hasta el momento ningún medio informó las verdaderas causas y pormenores del problema. Un periódico dijo que el Oficial había renunciado. Un periodista de otro medio aclaró que “dejar a disposición el cargo” no es lo mismo que renunciar. El Alcalde no dio declaraciones y los medios y periodistas se conformaron con ello. Se trata de una falta del sistema mediático. ¿Alguien puede hacer una denuncia a todos los medios? ¿Quién puede reclamar sobre esta desinformación que genera rumores tales como el que hay intereses en los medios para no afectar la imagen del Alcalde?
Está establecido que el TNEP puede actuar de oficio. Nunca lo ha hecho. Siempre espera que exista una denuncia de parte del público. ¿Cómo trabajar en esta posibilidad, sin mostrarse parcializado con unos periodistas y medios y con otros no? Es una pregunta que debe convocarnos a reflexionar sobre los límites de la autorregulación a través de tribunales y las perspectivas que ayuden a visualizar caminos hacia la solución de estos problemas para satisfacer mejor el Derecho a la Información.  

 





Comentarios

Lo mas leído

Metástasis total

Pinches Algoritmos

"Mi carnaval es mejor que el tuyo"